PRORROGA DE PLAZO PARA LA INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA
ABONADOS. BALTASAR BRUM. LAS PIEDRAS. PINTADITO. SEQUEIRA. TOMAS GOMENSORO.
ARTIGAS
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de las gestiones realizadas por los
permisionarios del servicio de televisión para abonados, solicitando
prórroga para instalar los sistemas autorizados por el Poder Ejecutivo,
como ampliación del área de servicio.-
RESULTANDO: I) que el Poder Ejecutivo autorizó a los permisionarios del
interior del país a que ampliaran el área de servicio en el Departamento
en que estuvieren operando, empleando distintas tecnologías aptas para
ello, según la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de
1997.-
II) que los proyectos de expansión fueron aprobados por el Poder
Ejecutivo, de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones 214/998 de 10
de marzo de 1998 y 382/999 de 26 de mayo de 1999.-
III) que la Dirección Nacional de Comunicaciones, por Resolución 159/99
de fecha 21 de junio de 1999, otorgó prórroga, al amparo de lo dispuesto
en el artículo 15 del Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990, para que
los permisionarios instalen los sistemas "Cable" autorizados por la
referida ampliación del área de servicio.-
CONSIDERANDO: I) las competencias dispuestas por el numeral 3) del
artículo 3ro. y por el numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley
15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada por los artículos
8vo. y 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-
II) que se han esgrimido como fundamentos de hecho, los continuos cambios
tecnológicos, la coordinación con otros organismos del Estado y la
dificultad en la fabricación e importación de equipamientos.-
III) que resulta beneficioso para el interés general, que los medios de
comunicación lleguen a las zonas y poblaciones del país carentes de los
mismos.-
IV) que se ha intimado a los permisionarios que todavía no hubieran
instalado los sistemas autorizados como ampliación del área de servicio,
por las modalidades "cable" y "MMDS", a que manifiesten si mantienen
interés de hacerlo.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva de la Ley
16.211 de 1ro. de octubre de 1991, Decreto 349/990 de 7 de agosto de
1990, sus modificativos y complementarios, la Resolución del Poder
Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997, lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a DOLFYCOR S.A. a
fin de que proceda a la instalación de los sistemas de televisión para
abonados, en la modalidad "cable" en las localidades de Baltasar Brum,
Las Piedras, Pintadito, Sequeira y Tomás Gomensoro y en la modalidad MMDS
en la ciudad de Artigas, todas del departamento de Artigas, autorizados
al amparo de la ampliación del área de servicio dispuesta por la
Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a Luis García Da
Rosa, para la instalación de un sistema de televisión para abonados, en
la modalidad "cable" en la localidad de Tomás Gomensoro y en la modalidad
MMDS en la ciudad de Bella Unión, del departamento de Artigas,
autorizados al amparo de la ampliación del área de servicio dispuesta por
la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días, a CANELONES CABLE
VISION COLOR S.A., para la instalación de los sistemas de televisión para
abonados, en la modalidad "cable" en las localidades de Aguas Corrientes,
Miguez, Montes, San Antonio, Seis Hermanos, Soca, Villa Hadita, Villa San
Felipe y Villa San José del departamento de Canelones, autorizados al
amparo de la ampliación del área de servicio dispuesta por la Resolución
del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días, a VALLE BLANCO
S.A., para la instalación de los sistemas de televisión para abonados, en
la modalidad "cable" en las localidades de Aguas Corrientes y San
Antonio, del departamento de Canelones, autorizados al amparo de la
ampliación del área de servicio dispuesta por la Resolución del Poder
Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días, a CABLE VISION
MELO S.R.L., para la instalación de los sistemas de televisión para
abonados, en la modalidad "cable" en las localidades de Aceguá, Fraile
Muerto e Isidoro Noblía del departamento de Cerro Largo, autorizados al
amparo de la ampliación del área de servicio dispuesta por la Resolución
del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días, a TELECABLE CERRO
LARGO S.A., para la instalación de los sistemas de televisión para
abonados, en la modalidad "cable" en las localidades de Aceguá, Fraile
Muerto, Isidoro Noblía y Lago Merín del departamento de Cerro Largo,
autorizados al amparo de la ampliación del área de servicio dispuesta por
la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días, a SARA SOLEDAD
CABRERA MARTINEZ, para la instalación de los sistemas de televisión para
abonados, en la modalidad "cable" en la localidad de Miguelete del
departamento de Colonia, en la localidad de Santa Catalina del
departamento de Soriano y en la modalidad MMDS en las localidades de
Cardona-Florencio Sánchez de los departamentos de Colonia y Soriano,
autorizados al amparo de la ampliación del área de servicio dispuesta por
la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días, a CARMELO CABLE
VISION S.R.L., para la instalación del sistema de televisión para
abonados, en la modalidad MMDS en la ciudad de Carmelo del departamento
de Colonia, autorizado al amparo de la ampliación del área de servicio
dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de
1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a KORFIELD S.A.,
para la instalación del sistema de televisión para abonados, en la
modalidad MMDS en la localidad de (La Estanzuela) de la Estanzuela del
departamento de Colonia, autorizados al amparo de la ampliación del área
de servicio dispuesta por Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de
mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (Ciento ochenta) días a MARIO RENNA
VALDEZ, para la instalación de los sistemas de televisión para abonados,
en la modalidad MMDS en las localidades de Ombúes de Lavalle y Tarariras,
del Departamento de Colonia, autorizados al amparo de la ampliación del
área de servicio dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997
de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a SERIBAL S.A.,
para la instalación del sistema de televisión para abonados, en la
modalidad "cable" en la localidad de Carlos Reyles del departamento de
Durazno, autorizados al amparo de la ampliación del área de servicio
dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de
1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a TRACEL S.A., para
la instalación de los sistemas de televisión para abonados, en la
modalidad "cable", en las localidades de Blanquillo, Carlos Reyles y La
Paloma del departamento de Durazno, autorizados al amparo de la
ampliación del área de servicio dispuesta por la Resolución del Poder
Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días, al CONSORCIO VIDEO
CABLE FLORIDA (integrado por ENORAL S.A. y SILVERTAN S.A.), para la
instalación del sistema de televisión para abonados en la modalidad
"cable" en la localidad de 25 de agosto del departamento de Florida,
autorizados al amparo de la ampliación del área de servicio dispuesta por
la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a DARWIN ARIEL
FERNANDEZ LUZARDO, para la instalación del sistema de televisión para
abonados, en la modalidad "cable", en la localidad de Chamizo del
departamento de Florida, autorizados al amparo de la ampliación del área
de servicio dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28
de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a AUDOMAR S.A.,
para la instalación de los sistemas de televisión para abonados, en la
modalidad "cable" en las localidades de Nuevo Paysandú, Paysandú Chacras,
Porvenir, San Felix y por la modalidad MMDS en la ciudad de Paysandú,
todas del departamento de Paysandú, autorizados al amparo de la
ampliación del área de servicio dispuesta por la Resolución del Poder
Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a SPACE ENERGY TECH
S.R.L., para la instalación de los sistemas de televisión para abonados,
en la modalidad de "cable", en las localidades de Minas de Corrales y
Vichadero del departamento de Rivera y Belén, Constitución, Pueblo
Lavalleja, Termas del Arapey y Termas del Daymán del departamento de
Salto, autorizados al amparo de la ampliación del área de servicio
dispuesta por Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de
1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a TV CABLE SAN JOSE
S.R.L., para la instalación de los sistemas de televisión para abonados,
en la modalidad "cable" en las localidades de Delta del Tigre y Villas,
Mal Abrigo, Monte Grande, Playa Pascual, Playa Penino, Sacifi-Parque
Postel, San Fernando, Santa Mónica, Sofima, Villa Olímpica y Villa Rives
del departamento de San José, autorizados al amparo de la ampliación del
área de servicio dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997
de 28 de mayo de 1997.- (*)
Autorízase una prórroga de 180 (ciento ochenta) días a MERCEDES CABLE
VISION S.R.L., para la instalación de los sistemas de televisión para
abonados, en la modalidad "cable" en las localidades de Agraciada, Cañada
Nieto, Egaña, Palo Solo, Risso, Santa Catalina y Villa Darwin del
departamento de Soriano, autorizados al amparo de la ampliación del área
de servicio dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28
de mayo de 1997.- (*)
Establécese que el plazo otorgado en los numerales anteriores, es con
carácter perentorio, produciéndose la revocación automática de las
autorizaciones y la liberación de las frecuencias correspondientes, sin
necesidad de previa intimación, en los casos que al vencimiento de la
referida prórroga el permisionario no se haya instalado.-