Autorízase a la firma "Acer S.A.", a gestionar ante el sistema bancario
nacional, crédito para la adquisición de materia prima con destino a la
exportación, por el 80% de su valor y a plazos no mayores de 1 (un) año
estableciéndose que los créditos necesarios por tal concepto serán en el
año 1 de funcionamiento del proyecto, 80% de N$ 283.000.00 (nuevos pesos
doscientos ochenta y tres mil) y en el año 2 de hasta N$ 345.000.00
(nuevos pesos trescientos cuarenta y cinco mil), (Artículo 6º, numeral I,
Literal C) de la Ley de Promoción Industrial). (*)