Ver vigencia: Decreto Nº 182/016 de 20/06/2016 artículo 2.
Visto: el "Reglamento de Origen del Mercosur" registrado como Anexo I
del Octavo Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº
18.
Resultando: que en el mismo se prevé la necesidad de designar las
entidades habilitadas para la emisión de los certificados de origen
extendidos al amparo del mencionado Acuerdo, así como la repartición
oficial responsable por el control de su emisión.
Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto Nº 663/985 de 27
de noviembre de 1985.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Desígnase a la Dirección General de Comercio, -Area Comercio
Exterior- del Ministerio de Economía y Finanzas, como la repartición
oficial responsable por el control de la emisión de los certificados de
origen extendidos al amparo del Mercosur. (*)