APROBACION DEL PROYECTO DE CONTRATO DE PRESTAMO N° 5939/OC-UR A CELEBRARSE ENTRE EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Y LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (ROU), DESTINADO AL PROGRAMA "URUGUAY GLOBAL II: PROMOCION DE LAS DESTREZAS DIGITALES AVANZADAS PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo N° 5939/OC-UR a celebrarse entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República Oriental del Uruguay (ROU), destinado al programa "Uruguay Global II: Promoción de las Destrezas Digitales Avanzadas para la Internacionalización";
RESULTANDO: I) que el Contrato de Préstamo N° 5939/OC-UR, a celebrarse entre ROU y BID, asciende a la suma de hasta U$S 8:000.000 (dólares estadounidenses ocho millones), con un período de amortización de 24,5 (veinticuatro coma cinco) años contado a partir de la firma del contrato y un plazo de gracia de 72 (setenta y dos) meses;
II) que el referido Contrato fue aprobado por Resolución del Directorio Ejecutivo del BID, DE-134/24 de fecha 30 de octubre de 2024;
III) que la Universidad Tecnológica (UTEC) será el Organismo Ejecutor del referido programa;
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo N° 5939/OC-UR, a celebrarse entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República Oriental del Uruguay (ROU), así como designar representante de la República Oriental del Uruguay a efectos de suscribir la documentación pertinente;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo N° 5939/OC-UR a celebrarse entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República Oriental del Uruguay (ROU), destinado al programa "Uruguay Global II: Promoción de las Destrezas Digitales Avanzadas para la Internacionalización", cuyo texto (*) constituye parte integrante de la presente Resolución.