Ver vigencia: Resolución Nº 1.460/009 de 28/12/2009.
7
Será aplicable a la concesionaria lo previsto para los concesionarios de
obra pública por el artículo 32 del decreto 840/988, de 14 de diciembre
de 1988, con la modificación introducida por el decreto 292/001, de 25 de
julio de 2001.