Otórgase a la firma SUCESION CARLOS SCHNECK S.A. la exoneración
prevista en el art. 1º. del Decreto Ley No. 15.548 del 17 de mayo de
1984, con la redacción dada por el art. 419 de la Ley No. 15.903 del 10
de noviembre de 1987, hasta un monto máximo generador de dicha
exoneración de US$ 1.621.543, que será aplicable de la siguiente manera:
US$ 1.331.301 al ejercicio fiscal comprendido entre el 1º/10/2001 y el
30/09/2002 y US$ 290.242 al ejercicio fiscal comprendido entre el
1º/10/2002 y el 30/09/2003.
En virtud del art. 3º. del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento del presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9º.
La empresa SUCESION CARLOS SCHNECK S.A., tendrá un plazo máximo para
realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios
ampliando el capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al
capital integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral, hasta el
día 30/09/2004. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 1.263/002 de 22/07/2002 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 597/002 de 04/04/2002 numeral 4.