DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. PUMA TRADING S.A.




Promulgación: 14/02/1990
Publicación: 04/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 216
Referencias a toda la norma

4

      La exoneración del artículo anterior será otorgada a condición de
que la empresa cumpla con el objetivo de incrementar sustantivamente las
exportaciones, motivo principal de la presente inversión, por lo cual
dispónese que la firma "Puma Trading S.A." deberá justificar ante la
autoridad competente haber cumplido entre los años 1990 y 1992 Inclusive,
un mínimo de exportaciones de neumáticos equivalente a 4.960 toneladas,
meta por debajo de la cual deberá reliquidar el Impuesto a la Renta de
Industria y Comercio no abonado, correspondiente a los ejercicios
comprendidos entre el: 1º de junio de 1986 y el 31 de mayo de 1989. No
podrán computarse en el cálculo de las referidas exportaciones, las ventas
que la empresa "Puma Trading S.A." realice a las zonas francas radicadas
en territorio nacional. La empresa semestralmente deberá dar cuenta a la
Unidad Asesora de Promoción Industrial del avance en el cumplimiento de la
meta a que se refiere el inciso anterior. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 72/991 de 14/02/1991 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 79/990 de 14/02/1990 numeral 4.
Referencias al numeral
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