TITULO II - RESOLUCIONES DELEGATORIAS A LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
2-3(D.417/991)
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1º.- Desígnanse como ordenadores secundarios, de acuerdo
con lo establecido por el artículo 29, literal b) del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera y con su límite máximo, al Prosecretario de la Presidencia de la República y a los Directores de las
Unidades Ejecutoras del Inciso 02 "Presidencia de la República".
Artículo 2º.- Desígnase como ordenador secundario de acuerdo con lo
establecido en el artículo 29, literal c) del Texto Ordenado de
Contabilidad y Administración Financiera y con su límite máximo, al
Director de División Administración de la Unidad Ejecutora 001
"Presidencia de la República y Oficinas Dependientes".
Fuente: Decreto Nº 417/991 de 14 de agosto de 1991
(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s
FUENTE: Decreto Nº 417/991 de 14/08/1991 artículo 2.