APROBADO POR DECRETO N° 150/012


Fuente del Texto: TCR

Promulgación: 11/05/2012

TITULO VII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 154

   La Administración está obligada a contratar fianzas o pólizas de seguros por los casos, montos y forma que establezca la reglamentación, respecto a todo funcionario que maneje o custodie fondos o valores.  (*)

(*) Fuente:  Ley N° 15.903, de 10/11/1987, artículo 536, con la redacción dada por el artículo 653 de la Ley N° 16.170, de 28/12/1990.
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