APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo II - Inmunidad tributaria del Estado

Artículo 32-T3

   Maquinaria vial con destino a las Intendencias Departamentales.- Estarán exentas de todo tributo las operaciones comprendidas en los dos primeros incisos del artículo 1° de la Ley N° 16.907, de 9 de enero de 1998, que no gozaran de la inmunidad tributaria a que refiere el artículo 30° de este Título. (*)

   Fuente: Ley 16.907 de 9 de enero de 1998, artículo 1° (Texto parcial,
   integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 33 - Título 3 y 352 - Título 3.
Referencias al artículo
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