TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo III - Exoneraciones genéricas en favor de bienes, personas e instituciones de derecho público
Artículo 42-T3
Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU).- La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU) está exonerada de toda clase de impuestos nacionales y tributos departamentales por las actuaciones y operaciones que realice, así como por sus bienes. (*)
Fuente: Ley 17.738 de 7 de enero de 2004, artículo 7° (Texto parcial,
integrado).
(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s
FUENTE: Ley Nº 17.738 de 07/01/2004 artículo 7.
Ver en esta norma, artículo:352 - Título 3.