AUTORIZACION AL INE A ABONAR COMPENSACIONES ESPECIALES A FUNCIONARIOS QUE SE LES ASIGNEN TAREAS DE MAYOR RESPONSABILIDAD




Promulgación: 26/07/2011
Publicación: 05/08/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 259
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.692 de 06/10/2010 artículos 3, 4, 6 y 7.

Artículo 7

 Autorízase al Instituto Nacional de Estadística a abonar a los
funcionarios afectados a tareas censales, que deban alejarse como mínimo
50 (cincuenta) kilómetros del lugar habitual de trabajo y cualquiera sea
el destino de la comisión, un viático de alimentación de $ 600
(seiscientos pesos uruguayos) diarios destinado a compensar los gastos de
manutención y eventualmente, un viático de pernocte de $ 800 (ochocientos
pesos uruguayos) diarios destinado a compensar los gastos de alojamiento.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
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