FUNCIONARIOS DESTITUIDOS. TRIBUNAL EXTRAORDINARIO. CREACION. FACULTADES. FIJACION DE IMPUESTO. HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES. SOCIEDADES ANONIMAS




Promulgación: 14/09/1945
Publicación: 20/09/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 808
Ver: Ley Nº 11.033 de 13/01/1948,
      Ley Nº 10.846 de 23/10/1946,
      Ley Nº 10.726 de 25/04/1946.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Los causahabientes (ley número 9.940, artículo 55) de ex funcionarios comprendidos en el artículo 1º de esta ley, tendrán los mismos derechos que el causante a los efectos de la indemnización. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.
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