CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES ESCOLARES. MODIFICACION




Promulgación: 18/12/1948
Publicación: 04/01/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 1331
Ver: Ley Nº 16.333 de 01/12/1992 artículo 20,
      Ley Nº 12.882 de 22/06/1961 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   Los impuestos a que refiere la presente ley -con excepción del
establecido por el inciso B) del artículo 9º gravan a todas las 
existencias, tanto en los establecimientos productores o mayoristas, como
en los comercios minoristas.
   El Poder Ejecutivo fijará la forma y el plazo en que deberá cumplirse lo precedentemente dispuesto.
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