SECCION III - RACIONALIZACION DE RECURSOS HUMANOS DEL ESTADO CAPITULO IV - REGIMEN DE CONTRATOS A TERMINO
Artículo 35
(Provisoriato).- Durante el término de los tres primeros meses del
contrato, se podrá poner fin a la relación contractual por voluntad
unilateral de la Administración, no generando derecho a indemnización
alguna. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 55.
Reglamentado por: Decreto Nº 85/003 de 28/02/2003.
Ver en esta norma, artículos:2 (vigencia), 37 y 43.