Aprobado/a por: Resolución Nº 220/015 de 10/06/2015.
   Artículo 5.- El presente LAR 63 "Licencias para miembros de la tripulación excepto pilotos", SEGUNDA EDICIÓN, Enmienda 5, Noviembre 
2014, sustituye en su totalidad al RAU 63 "Licencias al Personal Tripulante que no sean Pilotos" aprobado por Decreto 183/2001 de 26 de abril de 2001 (publicado en el DO 25785 de 19/6/2001) y sus posteriores enmiendas fueron aprobadas en ejercicio de atribuciones delegadas por Resolución 1808/2003.

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 183/001 de 26/04/2001 artículo 1.
Se modifica/n por: Resolución DINACIA Nº 353/016 de 09/08/2016 artículos 
4, 5, 13, 14 y 15.
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