Aprobado/a por: Resolución Nº 353/016 de 09/08/2016.
   Artículo 15.- DÉJASE sin efecto la aplicación de la "CADUCIDAD DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN", establecida en la Resolución N° 220-2015 de 10 de junio de 2015, para los Reglamentos del conjunto LAR/PEL 61, 63, 65, 67 y 141 que se aprueban.

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Resolución DINACIA Nº 220/015 de 10/06/2015 
artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 16.
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