Aprobado/a por: Ley Nº 15.982 de 18/10/1988.
Ver vigencia:
Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652,
Código General del Proceso de 18/10/1988 artículo 547.
LIBRO I - DISPOSICIONES GENERALES TITULO VI - DE LA ACTIVIDAD PROCESAL CAPITULO VII - MEDIOS DE IMPUGNACION DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES SECCION VI - RECURSO DE CASACION
Artículo 273
Requisitos de la interposición del recurso.-
El escrito introductorio, que deberá presentarse ante el tribunal que
dictó el fallo cuya casación se pretende, deberá contener necesariamente:
1) La mención de las normas de derecho infringidas o erróneamente
aplicadas; y
2) La expresión de los motivos concretos constitutivos del fundamento
de la casación, expuestos de manera clara y concisa. (*)