LIBRO II - DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO TITULO II - DEL SUMARIO CAPITULO II - DE LA LIBERTAD PROVISIONAL
Artículo 142
(Finalidad de las cauciones).- Las cauciones tienen por finalidad
asegurar que el imputado cumpla los deberes impuestos por el Juez y la
autoridad policial. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:305, 346 y 357 (vigencia).