Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión
Revisora designada en el año 1933 y por la
Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes .
Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941.
El Juez actuante dispondrá el comiso y remate de todo elemento que directa o indirectamente fuere empleado en la comisión de los delitos tipificados en los artículos 258 y 259. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.418 de 15/07/2016 artículo 3.
Agregado/s por: Ley Nº 17.826 de 14/09/2004 artículo 3.
Ver en esta norma, artículos:206 y 236.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.826 de 14/09/2004 artículo 3.