Decreto Departamental de Maldonado N° 4060/022
MODIFICACIÓN DECRETOS DEPARTAMENTALES Nº 3718/1997 Y Nº 3927/2014 - REFERENTE A PLAN LOCAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ÁREA ENTRE LAS LAGUNAS JOSÉ IGNACIO Y GARZÓN.
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
ARTÍCULO 22°.- Sustitúyese el Artículo 254.2°) del Decreto Departamental N° 3718/1997, en la redacción dada por el Artículo 52° (Subzona 2.1.3.2. Resto de la Zona Costera sur en Suelo rural) del Decreto Departamental N° 3927/2014, por el siguiente:
"Artículo 254.2°) Subzona 2.1.3.2. Resto de la Zona Costera Sur en Suelo Rural (SR).
a) Límites: corresponde a los ámbitos de suelo de categoría Rural (SR) en el Resto de la Zona Costera Sur.
b) Parámetros de edificación: se aplicarán los parámetros establecidos para Padrones Rurales en el Artículo 245.4°)
c) En caso de trasformación por aprobación de un Programa de Actuación Integrada en SR pts Suelo Rural con el atributo de potencialmente transformable en Suburbano, se establecen como orientación los parámetros dispuestos por el Artículo precedente."
(*)Notas:
Este artículo modifica a:
Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.927/014 de 25/03/2014 artículo 52,
Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.718/997 de 23/12/1997 artículo 254 (ARTÍCULO 254.2).
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