LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS




Promulgación: 04/07/1974
Publicación: 22/07/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 24
Ver vigencia: Ley Nº 18.795 de 17/08/2011 artículo 25.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CUALQUIERA FUERE SU 
DESTINO
SECCION 3 - CONTRATOS CON PLAZO CONTRACTUAL VENCIDO

Artículo 10

   Prorróganse hasta el 30 de junio de 1976 todos los contratos
celebrados con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente ley,
con plazo contractual vencido. Vencido el término de la prórroga, el
arrendador podrá solicitar el desalojo con plazo de un año. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.618 de 23/12/1976 artículo 1,
      Decreto Ley Nº 14.537 de 24/06/1976 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos: 18, 39, 111 y 115.
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