Decreto Ley N° 14219
LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS
Promulgación: 04/07/1974
Publicación: 22/07/1974
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1974
- Página: 24
Ver vigencia: Ley Nº 18.795 de 17/08/2011 artículo 25.
CAPITULO VIII - DE LA COMPETENCIA LA PERSONERIA Y EL PROCEDIMIENTO
SECCION 1 - PROCEDIMIENTOS GENERALES
Artículo 44
Para iniciar la acción de desalojo no se requiere acreditar el derecho
de propiedad sobre la finca arrendada. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Ley Nº 15.484 de 17/11/1983 artículo 7.
Redacción dada anteriormente por: Decreto Ley Nº 15.471 de 14/10/1983
artículo 7.
Ver en esta norma, artículos: 102 y 114.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 14.219 de 04/07/1974 artículo 44.
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