El alumbrado público de ciudades, villas, pueblos y centros poblados,
será efectuado por las Intendencias Municipales, quienes serán
responsables de su instalación y mantenimiento.
El suministrador del servicio público de electricidad, queda obligado a
proveer únicamente a dichas Intendencias Municipales, la energía eléctrica
necesaria para su buen funcionamiento. (*)