MODIFICACION DEL DECRETO 349/005 (REGLAMENTO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL Y AUTORIZACIONES AMBIENTALES)
Aprobado/a por: Decreto Nº 271/018 de 28/08/2018.
Artículo 1.- Agrégase al artículo 2° del Decreto 349/005, de 21 de setiembre de 2005, el siguiente numeral:
"37) Instalación de centros de cultivo y actividades de acuicultura".
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 349/005 de 21/09/2005 artículo 2
Numeral 37).
Artículo 2.- Agrégase a la enumeración contenida en el artículo 23 del Decreto 349/005, de 21 de setiembre de 2005, el numeral 37 del artículo 2° de dicho decreto.
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 349/005 de 21/09/2005 artículo 23.
Artículo 3.- Agrégase a la declaración prevista en el artículo 25 del Decreto 349/005, de 21 de setiembre de 2005, el literal siguiente: "d) Los centros de cultivo y las actividades de acuicultura que se hubieran instalado sin haber requerido Autorización Ambiental Previa y que de cualquier forma ampliaran sus instalaciones o su capacidad productiva.
En estos casos será de aplicación la previsión del inciso segundo del literal "a" de este artículo."
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 349/005 de 21/09/2005 artículo 25
literal d).
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