Aprobado/a por: Decreto Nº 39/000 de 01/02/2000 artículo 1.
Artículo 11ro.- a) El Departamento de Recursos Humanos deberá remitir las
Hojas de Actuación y los Formularios de calificación a las diferentes
Reparticiones, de manera tal que los interesados sean notificados y
devueltos dichos formularios dentro de los 10 días hábiles del mes de
diciembre.
b) La Comisión Calificadora dispondrá hasta el último día hábil del mes
de enero para remitir el Informe de Calificación Anual y de Grado, lugar
en lista de ascenso y lista de eliminados a la División Administración,
quien coordinará su publicación en la Orden de Servicio respectiva.
En la publicación deberá constar Escalafón, Grado, nombre, calificación
anual, calificación de grado, orden de precedencia en la lista de ascenso
respectiva y lista de eliminados con la codificación respectiva.

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 395/004 de 09/11/2004 artículo 2.
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