Aprobado/a por: Decreto Nº 395/004 de 09/11/2004.
Artículo 2do.- Sustitúyese el artículo 11 del Reglamento de Calificación
 y Ascensos del Personal Subalterno de la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado, aprobado por las normas precitadas, el que 
quedará redactado de la siguiente manera:

   "Artículo 11.- a) El Departamento de Recursos Humanos deberá remitir 
las Hojas de Actuación y los Formularios de Calificación a las diferentes
Reparticiones, de manera tal que los interesados sean notificados y
devueltos dichos formularios dentro de los 10 días hábiles del mes de
diciembre.-
   b) La Comisión Calificadora dispondrá hasta el último día hábil del 
mes de enero para remitir el Informe de Calificación Anual y de Grado, lugar en lista de ascenso y lista de eliminados a la División IV -
Administración, quien coordinará su publicación en la Orden de Servicio
respectiva. En la publicación que se hará en la Orden DINACIE, deberá
constar Escalafón, Grado, nombre, calificación anual, calificación de
grado, orden de procedencia en la lista de ascenso respectiva y lista de
eliminados con la codificación respectiva".-

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 39/000 de 01/02/2000 artículo 11.
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