REGLAMENTACION SANITARIA DE ESTABLECIMIENTOS DE ELABORACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO COMESTIBLES




Promulgación: 15/04/2004
Publicación: 27/04/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 771
Ver vigencia:
      Decreto Nº 374/006 de 09/10/2006 artículos 1 y 2,
      Decreto Nº 529/005 de 19/12/2005 artículos 1 y 2.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Establecimientos de elaboración de harinas, grasas, sebos, chicharrones 
y cenizas de hueso para consumo animal. Se entiende por tales, los 
establecimientos o parte de establecimientos dedicados a la producción de 
los subproductos señalados en el artículo primero, a partir de despojos 
de faena o restos de la industrialización de carnes de bovinos y ovinos, 
habilitados y controlados por el Organismo Competente. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3, 4 y 18.
Referencias al artículo
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