AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Visto: la necesidad de establecer una política nacional de
relaciones públicas.
Considerando: I) Que el proceso revolucionario que orienta y conduce
el Gobierno de la República debe ser conocido y comprendido por la
opinión pública, a efectos de propender, con su consenso y adhesión al
logro de los objetivos nacionales;
II) Que corresponde divulgar en todo el país la acción que efectúan,
en beneficio del progreso de la Nación y de sus habitantes, las
autoridades estatales;
III) Que se debe contribuir al incremento del prestigio
internacional del país y estar atento a la propaganda que pueda
realizarse en su detrimento y en el de los objetivos nacionales, tomando
las medidas que sean del caso para contrarrestar la referida propaganda,
afirmando el sentimiento nacional;
IV) Que es conveniente planificar las actividades de relaciones
públicas que cumplirán las entidades estatales para que ellas tengan una
adecuada coordinación, orientando a dichas entidades de acuerdo con la
política nacional de relaciones públicas que se establezca;
V) Que, en consecuencia, procede la creación de la Dirección
Nacional de Relaciones Públicas (DINARP), dependiente de la Presidencia
de la República, con el fin de que sea el organismo coordinador y rector
de las relaciones públicas del Estado.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 166/975 de 27/02/1975 artículo 11.
BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO CRISPO AYALA - ADOLFO CARDOSO GUANI - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO - HECTOR E. ALBURQUERQUE - FEDERICO SONEIRA