Código |
Descripción de la infracción |
Pérdida de puntos |
Sanción |
Decreto 303/023 |
4.2.1 y 4.2.2 |
Conducir bajo los efectos de alcohol u otras drogas |
Quita total de puntos |
4.2.1 y 4.2.2 |
Negarse a las pruebas de alcohol u otras drogas |
Quita total de puntos |
2.6 |
Participar en competencias vehiculares no autorizadas |
Quita total de puntos |
4.4.2 |
Conducir manipulando teléfono celular |
Quita de 6 puntos |
13.3D |
Conducir al doble o más de la velocidad permitida |
Quita de 6 puntos |
3.1.2 |
Sin el PUNC habilitante para la categoría del vehículo que conduce |
Quita de 4 puntos |
13.3C |
Exceso de velocidad que supere 30 km la velocidad permitida sin alcanzar el doble de la velocidad permitida |
Quita de 2 puntos |
4.8 |
No usar cinturón de seguridad (conductor y acompañante) |
Quita de 2 puntos |
21.3.1 |
No usar casco (conductor y acompañante |
Quita de 2 puntos |
4.9.1 |
Menor 12 años en asiento delantero |
Quita de 2 puntos |
4.9.2 |
Menor 12 años sin SRI |
Quita de 2 puntos |
La quita de puntos se registrará en forma inmediata posterior a que la sanción devenga firme al culminar el procedimiento administrativo pertinente. Cuando la quita de puntos alcance o exceda el saldo, automáticamente ocurrirá la suspensión temporal del Permiso Único Nacional de Conducir por el término de 3 (tres) meses; notificándose al conductor por los medios administrativos correspondientes.