CALIFICACION ANUAL DE MERITOS DE LOS FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR




Promulgación: 21/05/1985
Publicación: 14/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1275
 Visto: el decreto 658/978 de 28 de noviembre de 1978 y concordantes, por
los cuales se establecen las normas vigentes en materia de calificaciones
de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

 Considerando: I) La conveniencia de establecer el principio de que las
calificaciones de los funcionarios del Servicio Exterior sean evaluadas
por funcionarios del mismo escaIafón;

 II) Que la actual integración de la Junta de Calificaciones del
Ministerio de Relaciones Exteriores por todos los Directores, se ha
demostrado excesiva en número y además detiene la marcha normal de la
Cancillería en los períodos de reunión,

 El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 530/990 de 20/11/1990 artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/985 de 21/05/1985 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 530/990 de 20/11/1990 artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/985 de 21/05/1985 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 658/978 de 28/11/1978 
artículo 13.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 530/990 de 20/11/1990 artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/985 de 21/05/1985 artículo 4.

Artículo 5

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 530/990 de 20/11/1990 artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/985 de 21/05/1985 artículo 5.

Artículo 6

     Deróganse los decretos 404/982 de 23 de noviembre de 1982 y 313/984
de 8 de agosto de 1984.
Referencias al artículo

Artículo 7

    En virtud de lo establecido por el artículo 11 del decreto 658/978 del
28 de noviembre de 1978, prorrógase el plazo para efectuar la calificación
anual de méritos de los funcionarios del Ministerio de Relaciones
Exteriores correspondientes al año 1984 hasta el 15 de junio de 1985.
Referencias al artículo

Artículo 8

  Comuníquese, etc

SANGUINETTI - ENRIQUE V. IGLESIAS
Ayuda