EXONERACION DEL PAGO DE PEAJES. RUTA NACIONAL N° 8




Promulgación: 02/04/1987
Publicación: 16/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 522
Derogada/o por: Decreto Nº 229/013 Derogada/o de 07/08/2013 artículo 2.
Referencias a toda la norma
  Visto: la gestión promovida por el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas para que se exonere de peaje en la Ruta Nº 8 a los vehículos
propiedad de los habitantes de la ciudad de Soca (Departamento de
Canelones).

  Resultando: I) Que el puesto de Recaudación de Peaje que se emplazará en
la Ruta Nº 8 se encuentra en el kilómetro 50.500 desde el cero de
Montevideo y sobre la ciudad de Soca;

II) Que a los efectos del transporte el Grupo de Trabajo integrado por
funcionarios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, proponen
reglamentar el artículo 5º del decreto del Poder Ejecutivo de fecha 12 de
marzo de 1986, que crea el Peaje en la Ruta Nº 8;

  Considerando: I) Que al emplazamiento del peaje, que se está realizando,
próximo a la ciudad de Soca, hace que los vehículos propiedad de los
residentes permanentes de la ciudad de Soca deban estar exonerados del
pago del peaje;

II) Que la finalidad perseguida con la instalación de puestos de peaje es
la de que aquel vehículo que hace efectivo uso de los caminos, costee la
construcción y mejoramiento de los mismos.

   Atento: a lo dispuesto en el artículo 6º de la ley 13.297 de 3 de
noviembre de 1964 con la redacción dada por el artículo 1º del decreto ley
14.711 de 4 de octubre de 1977; a lo determinado por el artículo 5º del
decreto de fecha 12 de marzo de 1986 y a lo informado por la Asesoría
Letrada del citado Ministerio,


                 El Presidente de la República


                              DECRETA:

Artículo 1

    (*)

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 01/03/1988.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/987 de 02/04/1987 artículo 1.

Artículo 2

    (*)

(*)Notas:
Derogado anteriormente por: Decreto Nº 298/993 Derogada/o de 23/06/1993 artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/987 de 02/04/1987 artículo 2.

Artículo 3

    (*)

(*)Notas:
Derogado anteriormente por: Decreto Nº 298/993 Derogada/o de 23/06/1993 artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/987 de 02/04/1987 artículo 3.

Artículo 4

    (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/987 de 02/04/1987 artículo 4.

Artículo 5

    (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/987 de 02/04/1987 artículo 5.

Artículo 6

    (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 193/987 de 02/04/1987 artículo 6.

SANGUINETTI - ALEJANDRO ATCHUGARRY
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