REGLAMENTACION DEL FONDO DE FINANCIAMIENTO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA ACTIVIDAD LECHERA




Promulgación: 04/06/2007
Publicación: 11/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1115
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.100 de 23/02/2007.
Referencias a toda la norma

CAPITULO 1 - DE LA PRESTACION PECUNIARIA

Artículo 2

 Sujeto pasivo. Serán sujetos pasivos:
a) las personas físicas o jurídicas productores remitentes de leche.
b) La afectación al uso propio para manufactura o la enajenación de leche fluida de su propia producción de acuerdo al artículo 7° de la ley N° 18.100, de fecha 23 de febrero de 2007 en la redacción dada por el artículo 4° de la ley N° 19.336 de 14 de agosto de 2015. (*)
c) los productores de leche que exporten directamente el producto.
d) los importadores de leche y productos lácteos en todas sus 
modalidades.

(*)Notas:
Literal b) redacción dada por: Decreto Nº 287/015 de 23/10/2015 artículo 
2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 194/007 de 04/06/2007 artículo 2.
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