Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículos 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 85 y 86.
Puesto. Se entiende por puesto a toda unidad económica con localización en la vía pública o en espacios públicos, ya sea en forma ambulante o estable, cuya superficie ocupada no supere los 15 mt² (quince metros cuadrados).
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 23 (vigencia).