APROBACION DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA ESPECIAL, PREVISTO POR EL ARTICULO 222 DE LA LEY 13.318




Promulgación: 07/07/2022
Publicación: 13/07/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 60,
      Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículo 222.

Artículo 2

   Apruébase el Reglamento de los servicios de vigilancia especial, previsto por el artículo 222 de la Ley N° 13.318, de 28 de diciembre de 1964 que presta la Armada Nacional, a través de la Prefectura Nacional Naval, así como el artículo 60 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, el cual se encuentra agregado por Anexo (*) y forma parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto.
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