REGLAMENTACION DE LOS DECRETOS LEYES 14.855 Y 15.605 Y DE LA LEY 19.783, RELATIVOS A LAS POTESTADES SANCIONATORIAS DEL INAC




Promulgación: 09/09/2024
Publicación: 20/09/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.783 de 23/08/2019,
      Decreto Ley Nº 15.605 de 27/07/1984,
      Decreto Ley Nº 14.855 de 15/12/1978.

CAPITULO V - PRESCRIPCION Y CADUCIDAD.-

Artículo 13

   Las infracciones prescribirán a los 2 (dos) años de cometidas y dicha prescripción se interrumpirá por la iniciación de los procedimientos vinculados a su control y sanción.
   En caso de infracción permanente el término de la prescripción se computará desde que cesare la ejecución.
   La pretensión punitiva del INAC caducará si, transcurridos 5 (cinco) años desde la comisión, o desde que cesare la ejecución en su caso, no se hubiere dictado la resolución sancionatoria correspondiente.
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