ADOPCION DEL USO DEL BASTON BLANCO Y VERDE COMO INSTRUMENTO DE MOVILIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL Y REGLAMENTASE EL AUXILIO DE PERROS DE ASISTENCIA O PERROS GUIA




Promulgación: 11/09/2013
Publicación: 18/09/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 848
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.875 de 23/12/2011,
      Ley Nº 18.651 de 19/02/2010 artículo 80.

Capítulo I
Uso de Bastón Blanco y Verde

Artículo 2

 (Alcance) Podrán hacer uso del bastón las personas con discapacidad
visual, que así lo acrediten conforme lo establecido en los artículos 2 y
38 de la Ley N° 18.651, y se encuentren comprendidos/as dentro de las
condiciones y características señaladas por la Organización Mundial de la
Salud.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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