El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.
Artículo 26-BIS
El Departamento Nacional de Concursos e Ingresos
dependerá directamente del Director Nacional de Educación Policial.
Tendrá como cometidos llevar a cabo los procedimientos de
reclutamiento y selección de quienes aspiren a ocupar los cargos del
Personal Policial, Escalafón "L", Sub Escalafón "Ejecutivo" de las
Escalas Básica y Superior para todas las Unidades Ejecutoras del
Inciso 04 "Ministerio del Interior", así como de los Docentes
contratados en el Sistema Educativo Policial.
A efectos de cumplir con sus cometidos el Departamento Nacional de
Concursos e Ingresos deberá:
a) Integrar los Tribunales de Concursos con funcionarios idóneos de
cada unidad involucrada.
b) Confeccionar las bases de los llamados.
c) Regular los procedimientos de recepción de inscripciones de los
postulantes y su remisión a los tribunales designados.
d) Controlar el cumplimiento de los plazos para llevar a cabo las
distintas etapas del concurso por parte del Tribunal.
e) Una vez finalizado el concurso, recepcionar de los Tribunales toda
la documentación incluida el acta final y elevarlo al jerarca del
inciso a los efectos de que dicte al acto adminstrativo
correspondiente, informando cualquier circunstancia relevante para la
decisión.
f) Determinar los cupos de ingreso a cursos de formación tanto de la
Escala Básica como Superior en los Centros de formación de todo el
país. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el Departamento
desarrollará todas aquellas actividades relacionadas con los cometidos
asignados.
A los efectos procedimentales serán de aplicación, en lo pertinente,
las normas que regulan el ingreso del personal de la Policía
Nacional.
Los requisitos para la postulación e ingreso del referido personal se
regirán por las disposiciones de la Ley Orgánica Policial y normas
reglamentarias vigentes. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 214/025 de 23/10/2025 artículo 3.