REGLAMENTACION DE LOS ARTICULOS 149 A 152 DE LA LEY 19.775, RELATIVOS A LOS TRIBUNALES DE ETICA Y CONDUCTA MILITAR




Promulgación: 10/09/2021
Publicación: 21/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.775 de 26/07/2019 artículos 149, 150, 151 y 
152.
   VISTO: lo dispuesto en los artículos 149 y siguientes de la Ley N° 19.775, de 26 de julio de 2019;

   CONSIDERANDO: I) que por el artículo 149 de la citada Ley, se crean los Tribunales de Ética y Conducta Militar, los cuales tienen por exclusivo cometido juzgar la conducta, desde el punto de vista ético-moral, de los Oficiales en actividad o retiro, a los efectos de velar por el alto concepto del que deben gozar las Fuerzas Armadas;

   II) que del artículo 34 de la Ley N° 19.775, de 26 de julio de 2019 surge que el Personal Superior de las Fuerzas Armadas es el profesional militar independientemente del Cuerpo al que pertenece;

   III) que la Profesión Militar es la carrera desarrollada por los militares, que se forman sobre normas éticas regidas por el honor y la vocación de servir a los intereses generales de la sociedad a la que se deben, adquiriendo competencias especializadas para el ejercicio del Mando, basadas en un arraigado concepto colectivo de organización y con pautas de desempeño para manejar con un alto sentido de responsabilidad el ejercicio de la fuerza que le concede el Estado, aún en circunstancias particulares como es la conducción del combate armado;

   IV) que el honor es uno de los valores fundamentales que hace a la esencia del militar; por lo que resulta necesario contar con un Código que regule el accionar y evalúe la integridad del militar, su subordinación y lealtad al Estado de Derecho;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 152 de la Ley N° 19.775, de 26 de julio de 2019;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el "Código de Ética y Conducta Militar y Reglamento de los Tribunales de Ética y Conducta Militar, de las Fuerzas Armadas de la República Oriental del Uruguay", (*) el que se anexa, y se considera parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

   LACALLE POU LUIS - JAVIER GARCÍA
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