El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículos 283 y 284,
Ley Nº 18.471 de 27/03/2009 artículo 14.
Artículo 3
En tanto la Comisión no disponga de recursos propios suficientes, las siguientes funciones serán ejecutadas por las correspondientes Áreas del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, a solicitud de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal:
* Tecnología de la Información,
* Transporte,
* Contabilidad.
Asimismo, en tanto la Comisión no disponga de recursos propios suficientes, el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca brindará apoyo a la gestión de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal a través de la División de Servicios Jurídicos y Comunicación Institucional.