PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1999




Promulgación: 30/10/1998
Publicación: 16/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 974
Referencias a toda la norma
 VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland correspondiente al ejercicio 1999.

 CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

 ATENTO: A lo establecido en el Art. Nº 221 de la Constitución de la
República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA

Artículo 1

Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland correspondiente al Ejercicio 1999, de acuerdo con el siguiente
detalle:

PROGRAMA 1.0 COMBUSTIBLES
I - INGRESOS                                    $                   $
  Ingresos Propios.                                        11,128,577,599
  1. Ventas Netas                         7,134,843,080
  2. Transf. Interdivisionales               37,758,609
  3. IMESI e IVA                          3,810,774,991
  4. Otros                                  145,200,919

II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                 8,986,950,209
Rubro Denominación                                    $                 $
1.0.0  Retribución de Serv. Personales                        297,870,324
1 Personal presupuestado                    170,750,651
  - Sueldos básicos                         112,524,536
  - Productividad                            55,545,553
  - Adelanto a cuenta                             2,054
  - Aumento Res. 470/92 de 21.05.92           2,678,508
2 Personal contratado                        16,239,516
  - Otros Contratados                        15,982,150
  - Adelanto a cuenta                                52
  - Aumento Res. 470/92 de 21.05.92.            257,314
3 Otras Compensaciones                      110,880,157
  - Varios                                   57,646,332
  - Prima por Antigüedad                      8,580,021
  - Quebranto de Caja                           683,801
  - Compensación Producto                     3,034,847
  - Viático Compensación Comida              40,935,156

1.0.1 Cargas Legales s/Serv. Personales                        72,957,868

1.0.2 Materiales y Suministros                              2,510,564,686
      - Compra de Crudo                   1,646,844,980
      - Importación de Derivados            685,496,065
      - Varios                              178,223,641

1.0.3 Servicios no Personales                               1,954,586,891
1.0.4 Maquinaria, Equipo y Mob. Nuevos                         26,096,615

1.0.7 Subsidios y otras transferencias                      3,929,744,035

5 Transf. a Unidades Familiares              23,843,646
  - Hogar Constituido                         4,257,441
  - Asignación Familiar                       1,531,269
  - Prima Nacimiento y Matrimonio                96,607
  - Servicios médicos                        17,958,329
  - Serv. a Pers. en Actividad                        0
7 Pasantías y Becas                           2,448,129
9 Tributos Nacionales y
  Municipales                             3,903,452,260
10 Versión Resultados                                 0
1.0.8 Servicio de Deuda y Anticipos                            60,392,344
1.0.9 Asignaciones Globales                                   134,737,446

III - INVERSIONES.                                            745,281,000
Rubro Denominación                             $                    $
   3  Servicios no Personales                                  52,173,000
   4  Maquinaria, Eq. y Mobiliario Nuevos                     520,065,000
   5  Tierras, Edif. y otros Act. Preexist.                     2,558,000
   6  Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                     222,658,000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período
enero-junio de 1998.
El subrubro 7.9 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Valor Agregado
y el IN.CO.ME. por $ 3.901:152.260 cuyo monto, al igual que el Adelanto a
Cuenta de Resultados dispuesto por el artículo Nº 643 de la Ley 16.170, no
son de carácter limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y de
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.

PROGRAMA 1.1 ALCOHOLES.
I - INGRESOS.                                     $               $
 Ingresos Propios.                                            322,757,733
 1. Ventas Netas                              185,721,270
 2. Transf. Interdivisionales                     571,993
 3. IMESI e IVA                               129,100,454
 4. Otros                                       7,364,016

II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                    290,259,159
Rubro Denominación                                $                $
1.1.0 Retribución de Serv. Personales                           50,509,865
1 Personal presupuestado                       33,175,263
  - Sueldos básicos                            18,329,884
  - Productividad                              14,442,746
  - Adelanto a cuenta                               1,001
  - Aumento Res. 470/92 de 21.05.92.              401,632
2 Personal contratado                             496,402
  - Otros Contratados                             447,465
  - Changas                                        45,412
  - Aumento Res. 470/92 de 21.05.92.                3,525
3 Otras Compensaciones                         16,838,200
  - Varios                                      9,001,794
  - Prima por Antigüedad                        1,444,051
  - Quebranto de Caja                              94,992
  - Compensación Producto                         358,412
  - Viático Compensación Comida                 5,938,951
1.1.1 Cargas Legales s/Serv. Personales                        12,122,222
1.1.2 Materiales y Suministros                                 70,819,776
1.1.3 Servicios no Personales                                  43,032,023
1.1.4 Maquinaria, Eq. y Mobiliario Nuevos                         997,420
1.1.7 Subsidios y otras transferencias                        109,332,377
5 Transf. a Unidades Familiares                 4,368,490
  - Hogar Constituido                             562,116
  - Asignación Familiar                           267,388
  - Prima Nacimiento y Matrimonio                  43,932
  - Servicios médicos                           3,495,054
  - Serv. a las Pers. en Actividad                      0
7 Pasantías y Becas                               890,006
9 Tributos Nacionales y Municipales           104,073,881
1.1.9 Asignaciones Globales                                     3,445,476

III - INVERSIONES.                                      $      28,682,000
Rubro Denominación                                  $               $
4 Maquinaria, Eq. y Mobiliario Nuevo                           28,222,000
6 Construcc., Mejoras y Rep. Extraord.                            460,000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.

La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período
enero-junio de 1998.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, la Tasa Bromatológica y el Impuesto al Valor Agregado
por $ 103.507.104 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo no
podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.


PROGRAMA 1.2. PORTLAND.

I - INGRESOS                                   $                   $
  Ingresos Propios.                                           546,128,623
  1. Ventas Netas                         445,639,160
  2. Transferencias Interdivisionales       2,442,080
  3. Otros                                 10,351,603
  4. IVA                                   87,695,780

II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                   526,975,849
Rubro Denominación                                  $                   $
1.2.0 Retribución de Serv. Personales                          92,940,891
1 Personal presupuestado                   59,625,709
  - Sueldos básicos                        38,241,324
  - Productividad                          20,257,758
  - Adelanto a cuenta                             913
  - Aumento Res. 470/92 de                  1,125,714
    21.05.92.
2 Personal contratado                       1,147,548
  - Otros Contratados                       1,147,548
3 Otras Compensaciones                     32,167,634
  - Varios                                 13,493,601
  - Prima por Antigüedad                    3,311,553
  - Quebranto de Caja                          92,085
  - Compensación Producto                     992,196
  - Viático Compensación Comida            14,278,199
1.2.1 Cargas Legales s/Serv.                                   23,036,338
    Personales
1.2.2 Materiales y  Suministros                               169,972,596
1.2.3 Servicios no Personales                                 102,440,773
1.2.4 Maquinaria, Eq. y Mobiliarios Nuevos                     23,459,078
1.2.7 Subsidios y otras                                       106,249,999
    transferencias
5 Transf. a Unidades Familiares             8,486,021
  - Hogar Constituido                       1,579,666
  - Asignación Familiar                       577,272
  - Prima Nacimiento y                         35,143
    Matrimonio
  - Servicios médicos                       6,293,940
  - Ser. a las Pers. en                             0
    Actividad
7 Pasantías y Becas                         3,560,816
9 Tributos Municipales y                   94,203,162
  Nacionales
1.2.9 Asignaciones Globales                                     8,876,174

III - INVERSIONES.                                   $        166,762,000
Rubro Denominación                              $                  $
3 Servicios no Personales                                       4,092,000
4 Maquinaria, Eq. y Mobiliario                                159,364,000
   Nuevos
6 Construcc., Mejoras y                                         3,306,000
   Reparac. Ext.

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período
enero-junio de 1998.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
al Valor Agregado por $ 90:152.662 cuyo monto no es de carácter
limitativo. El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel
tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de
Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.


PROGRAMA 1.3. SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA.

I - INGRESOS.                                        $              $
  Ingresos Propios.                                           204,253,218
  1. De Terceros                                  92,399,032
  2. Transferencias Interdivisionales            111,854,186


II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                   840,685,121
Rubro Denominación                                   $              $
1.3.0 Retribución de Serv.                                    199,186,008
   Personales
1  Personal presupuestado                       134,795,528
   - Sueldos básicos                             84,761,789
   - Productividad                               48,377,563
   - Adelanto a cuenta                                2,912
   - Aumento Res. 470/92 de                       1,653,264
     21.05.92
2  Personal contratado                            9,716,796
   - Otros Contratados                            9,700,902
   - Adelanto a cuenta                                   36
   - Aumento Res. 470/92 de                          15,858
     21.05.92.
3 Otras Compensaciones                           54,673,684
  - Varios                                       21,703,418
  - Prima por Antigüedad                          5,720,484
  - Quebranto de Caja                               465,899
  - Compensación Producto                         1,934,196
  - Viático Compensación Comida                  24,849,687
1.3.1. Cargas Legales s/Serv.                                  48,057,522
    Personales
1.3.2 Materiales y Suministros                                 41,167,422
1.3.3 Servicios no Personales                                 164,430,791
1.3.4 Maquinaria, Eq. y Mobiliario                              4,100,199
    Nuevos
1.3.7 Subsidios y otras                                       239,537,088
    transferencias
3 Otras transf. a Organismos                      3,464,980
  Públicos
4 Otras transf. a Organismos                      8,593,750
  Privados
5 Transf. a Unidades Familiares                  88,697,215
  - Hogar Constituido                             2,623,989
  - Asignación Familiar                           1,285,098
  - Prima Nacimiento y                               92,288
    Matrimonio
  - Retardo Mental                                2,328,271
  - Servicios Médicos                            80,840,882
  - Serv. a las Personas en                       1,526,687
    Actividad
  7 Pasantías y Becas                             1,026,401
9 Tributos Municipales y                         55,914,742
  Nacionales
10 Versión de Resultados                         81,840,000
1.3.8 Servicio de Deuda y Anticipos                         137,915,139
1.4.9 Asignaciones Globales                                   6,290,952

III - INVERSIONES.                                   $        84,277,000
Rubro Denominación                                   $            $
0 Retribución de Serv.                                         5,560,000
  Personales
1 Cargas Legales s/Serv.                                       1,473,000
  Personales
2 Materiales y Suministros                                       402,000
3 Servicios no Personales                                     28,647,000
4 Maquinaria, Eq. y Mobiliario                                41,395,000
  Nuevos
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Ext.                          6,468,000
7 Subsidios y otras                                              332,000
  transferencias

Incluye las partidas del Programa 204 "Prospección de Recursos Minerales".

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período
enero-junio de 1998.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
al Valor Agregado por $ 45:355.525 cuyo monto no es de carácter
limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y
volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina
de Planeamiento y Presupuesto.

SUBPROGRAMA: 1.31 Factor Humano a
Reaplicar.

I - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                      31,542,150
Rubro Denominación                                     $             $
1.3.1.0           Retribución de Serv. Personales               21,384,633
1 Personal presupuestado                          13,141,122

 - Sueldos básicos                                12,608,549
  - Adelanto a cuenta                                    221
  - Aumento Res. 470/92 de                           532,352
   21.05.92.
3 - Otras Compensaciones                           8.243,511
  - Varios                                                 0
  - Prima por Antigüedad                           1,599,140
  - Quebranto de Caja                                 19,995
  - Compensación Producto                            552,297
  - Viático Compensación  Comida                   6,072,079
1.3.1.1 Cargas Legales s/Serv.                                  4,996,949
  Personales
1.3.1.7 Subsidios y otras                                       5,160,568
  transferencias
5 Transf. a Unidades Familiares                    5,160,568
  - Hogar Constituido                                745,960
  - Asignación Familiar                              386,387
  - Prima por Nacimiento y                            17,398
  Matrimonio
  - Servicios médicos                              2,855,715
  - Serv. a las Pers. en                           1,155,108
  Actividad

La mano de obra está expresada a niveles de enero-junio de 1998.

PROGRAMA 1.4 GAS.
I - INGRESOS.                                          $             $
   Ingresos Propios.                                           114,039,718
1. Ventas Netas                                   66,464,310
2. IMESI                                          32,288,617
3. IVA                                            15,286,791

II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                                    354,121,732
Rubro Denominación                                     $             $
1.4.0 Retribución de Serv.                                       1,261,483
  Personales
1 Personal presupuestado                           1,136,795
  - Sueldos básicos                                1,130,035
  - Adelanto a cuenta                                      0
  - Aumento Res. 470/92 de                             6,760
  21.05.92.
2 Personal contratado                                      0
  - Otros Contratados                                      0
  - Changas                                                0
  - Aumento Res. 470/92 de                                 0
  21.05.92.
3 Otras Compensaciones                               124,688
  - Varios                                            11,221
  - Prima por Antigüedad                              20,995
  - Quebranto de Caja                                      0
  - Compensación Producto                              6,100
  - Viático Compensación Comida                       86,372
1.1.1 Cargas Legales s/Serv.                                      331,440
  Personales
1.1.2 Materiales y Suministros                                 36,148,750
1.1.3 Servicios no Personales                                  18,135,460
1.1.4 Maquinaria, Eq. y Mobiliario                                 61,265
  Nuevos.
1.1.7 Subsidios y otras                                       296,552,970
  transferencias
5 Transf. a Unidades Familiares                       67,885

  - Hogar Constituido                                 11,053
  - Asignación Familiar                                    0
  - Prima Nacimiento y                                     0
  Matrimonio
  - Servicios médicos                                 56,832
  - Serv. a las Pers. en                                   0
  Actividad
7 Pasantías y Becas                                        0
9 Tributos Nacionales y                          296,485,085
  Municipales
1.1.9 Asignaciones Globales                                     1,630,364

III - INVERSIONES.                                    $     1,143,837,000
Rubro Denominación                                    $            $
3  Servicios no Personales.                                     8,184,000
4  Maquinaria, Eq. y Mobiliario                                   123,000
  Nuevos.
6  Construcc., Mejoras y Repar. Extraord.                   1,135,530,000

La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período
enero-junio de 1998.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
al Valor Agregado por $ 267:190.064, cuyo monto no es de carácter
limitativo. El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel
tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de
Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 324/998 de 
30/10/1998.

Artículo 2

Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto Nº
84/84 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente
a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa,
entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el
componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 días
siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas.
La Administración se compromete a no incorporar durante el ejercicio
inversiones en activo fijo por un monto mayor a los U$S 110:000.000
(dólares americanos ciento diez millones) equivalentes a $ 1.125:300.000
al tipo de cambio de enero-junio de 1998 de 1 U$S = $ 10,23.
Dicho monto excluye el Proyecto 004 "Gasoducto - Gas Natural Porto Alegre
- Montevideo" del Programa 206 "Gas".

Artículo 3

Las partidas de retribuciones personales y cargas legales contienen hasta
el efecto (desde su vigencia en este año) del incremento aplicado a partir
del 1º de enero de 1998 y fueron reducidas en el 100% de las bajas
producidas en el período enero-mayo 1998.
La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland deberá
elevar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, antes del 31 de enero
de 1999, el costo del 25% de las vacantes no incentivadas que se produzcan
en el período 1º de junio al 31 de diciembre de 1998. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.

Artículo 4

Los beneficios sociales que evolucionen con el Salario Mínimo Nacional,
Indice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores
medios enero-junio de 1998, y se ajustarán a la evolución que registren
dichos parámetros.

Artículo 5

El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones
de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" con el
fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos no menores de
seis meses y a realizar el ajuste de las respectivas partidas
presupuestales dando cuenta al Poder Ejecutivo y al Tribunal de Cuentas en
cada oportunidad. Para ello se tendrá en cuenta la variación del índice
general de precios al consumo confeccionado por el Instituto Nacional de
Estadística y sus disponibilidades financieras.

Artículo 6

Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0
"Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios
Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" para financiar la
incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que
fueren destituídos o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto
Institucional Nº 7, o mediante actos contrarios a una regla de derecho o
dictados con desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.

Artículo 7

La prima por antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por
ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el
Poder Ejecutivo.

Artículo 8

La prima por Hogar Constituído se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en
el art. 24 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987. Las primas
por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituído se
ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para el Salario
Mínimo Nacional para la actividad privada.

Artículo 9

El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de Asignaciones
para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con vigencia desde el 1º
de junio de 1986.

Artículo 10

El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, el Impuesto al Valor Agregado, y la Tasa de Inflamable
a nivel de enero-junio de 1998 cuyas partidas al igual que el Adelanto a
Cuenta de Resultados dispuesto por el Artículo Nº 643 de la Ley Nº 16.170,
no son de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar sus montos de
acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento
al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 11

Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están calculadas en
moneda nacional a nivel medio de enero-junio de 1998 y las en moneda
extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 10,23.
Las mismas se ajustarán en función de la variación del I.P.C.
confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística y la evolución del
tipo de cambio vendedor del dólar, respectivamente.

Artículo 12

Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la
metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos
impartidos por el Poder Ejecutivo. Las Asignaciones presupuestales se
afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.

Artículo 13

Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales de
los rubros de gastos e inversiones, se realizará ajustando los duodécimos
de cada rubro para el período que resta hasta el fin del ejercicio, de
forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales a precio
promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizan en función de los
aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el art. 3º y las variaciones
estimadas del I.P.C. y del tipo de cambio promedio para dicho período, que
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes
Industriales, Comerciales y Financieros del Estado en un plazo no mayor de
15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.
Los  Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar
la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de
proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.

Artículo 14

En materia de trasposiciones y/o ampliaciones de rubros y proyectos se
aplica lo dispuesto en la Norma Nº 1 de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto de junio de 1968 y disposiciones concordantes.

Artículo 15

El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá
para reforzar los restantes rubros, salvo el Rubro 0 "Retribución de
Servicios Personales"; el rubro 1 "Cargas Legales sobre Servicios
Personales y el subrubro 7.5. "Transferencias a Unidades Familiares por
Personal en Actividad" del rubro 7 "Subsidios y Otras Transferencias".
La autorización de los refuerzos mediante el uso del rubro 9 "Asignaciones
Globales" será de resorte interno del Organismo.

Artículo 16

Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el año
y según lo dispuesto por el art. Nº 228 de la Constitución, rigen las
partidas ajustadas del último presupuesto aprobado.

Artículo 17

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 18

Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS MOSCA
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