REGLAMENTACION DE LA LEY N° 19.721, RELATIVA A LA REGULACION DEL TRABAJO EN LA SEGURIDAD PRIVADA. DEROGACION DEL ART. 10 DEL DECRETO 198/009 Y ARTS. 1°, 2°, 7°, 8°, 12, 13, 14, 16 Y 20 DEL DECRETO 211/010




Promulgación: 20/01/2022
Publicación: 27/01/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.721 de 21/12/2018.
Ver: Decreto Nº 276/024 de 24/10/2024 artículo 2 (sustituye denominación 
de Cap. III).

Artículo 41-QUATER

   (De las operaciones de alto riesgo).
   En aquellos casos, en los que el estudio de seguridad establecido precedentemente, establezca que las operaciones de transporte de valores, en determinadas zonas geográficas, generen un mayor riesgo para la seguridad pública, los encargados de seguridad deberán tomar las precauciones que les permitan desarrollar las tareas de transporte, carga y descarga en forma segura, mitigando las posibles amenazas detectadas. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 276/024 de 24/10/2024 artículo 3.
Ver en esta norma, artículos: 48, 53 y 59.
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