FIJACION DE LOS HONORARIOS FICTOS Y ARANCELES APLICABLES EN ASUNTOS JUDICIALES




Promulgación: 20/05/1980
Publicación: 13/10/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1053

CAPITULO I - NORMAS SUSTANTIVAS

Artículo 7

   (Regulación de honorarios devengados por los profesionales de la parte
exenta).- En los casos de exención a que se refiere el artículo anterior,
igualmente se practicará regulación de honorarios fictos a los efectos del
cálculo de la vicésima, si en razón de condenación en costas o en costas y
costos debiera ser satisfecha por persona no exenta. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 10 y 11.
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