Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.294 de 31/10/1974.
Los médicos directores de sanatorios que deseen prescribir estupefacientes en solución o en forma especializada en dosis superiores a las reglamentadas, deberán solicitar para ello la autorización al Ministerio de Salud Pública. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 85 y 87.