Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
a efectos de establecer las nuevas tarifas por Servicio de Embarque que se
prestan por la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica.
Considerando: I) Que por decreto 302/990, de 3 de julio de 1990 se
omitió determinar el precio correspondiente a aeropuertos de primera
categoría;
II) Que por su parte se entiende necesario racionalizar la
contraprestación por los servicios de referencia actualizando dicho
importe.
Atento: a lo preceptuado por el artículo 70 del Código Aeronáutico
aprobado por decreto ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Sustitúyese en el artículo 3º del decreto 387/983, de fecha 7 de octubre de 1983, el numeral 1º de la Tabla 8 "Precio por Servicio de Embarque" en las redacciones dadas por los decretos 620/986, del 23 de setiembre de 1986 y 302/990, de 3 de julio de 1990, por el siguiente: (*)