REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 15.031 LEY ORGANICA DE UTE




Promulgación: 03/09/1980
Publicación: 23/09/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 551
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.031 de 04/07/1980.
Referencias a toda la norma
  Visto: la Ley Orgánica de la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas 15.031, de 4 de julio de 1980.

  Considerando: que corresponde reglamentar la precitada ley 15.031, de 4
de julio de 1980.

  Atento: a lo establecido en el numeral 4º del artículo 168 de la
Constitución de la República,

                    El Presidente de la República

                              DECRETA:

CAPITULO I - DEL DIRECTORIO

Artículo 1

   La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE)
será administrada por un Directorio integrado por cinco miembros
designados conforme a lo dispuesto por el artículo 187 de la Constitución
de la República. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 430/988 de 22/06/1988 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 469/980 de 03/09/1980 artículo 1.
Referencias al artículo

MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN
ARISMENDI - EDUARDO J. SAMPSON - CARLOS A. MAESO - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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