PROCEDIMIENTO DE DEDUCCION DE GASTOS FINANCIEROS DE CONTRIBUYENTES DEL IRIC Y DEL IRA - ACTUALIZACION DE LA TASA DEL IMPUESTO A LOS INGRESOS DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS. EMISION DE POLIZAS DE SEGUROS
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículos 563, 564 y 578.
IMPUESTO A LOS ACTIVOS DE LAS EMPRESAS BANCARIAS
Artículo 13
Fíjase en el 1,75% (uno con setenta y cinco por ciento) la tasa anual
del Impuesto a los Activos de las Empresas Bancarias para los fondos
cerrados de crédito.-
(*)Notas:
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 567.