REGLAMENTACION DE LA LEY 19.315 (LEY ORGANICA POLICIAL) EN LO RELATIVO A LA REGULACION DE LA SITUACION DE LOS DOCENTES DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL Y DEROGACION DEL DECRETO 703/986
(Precedencia) El orden de precedencia que derive de la calificación final obtenida en el concurso respectivo, constará en una única lista que incluirá a los suplentes, con validez a partir del comienzo del año lectivo fijado por la Dirección Nacional de la Educación Policial, y tendrá una vigencia no mayor a tres años, a partir del acto administrativo de designación docente por Resolución Ministerial.