REGLAMENTACION DE LA LEY 19.315 (LEY ORGANICA POLICIAL) EN LO RELATIVO A LA REGULACION DE LA SITUACION DE LOS DOCENTES DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL Y DEROGACION DEL DECRETO 703/986




Promulgación: 23/02/2016
Publicación: 02/03/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 58, 59, 60 y 61 
Derogada/o.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VI
DE LOS COMETIDOS, EVALUACIONES Y TAREAS DE LOS COORDINADORES DOCENTES,
TUTORES ACADÉMICOS Y DOCENTES

Artículo 16

   Los Coordinadores Docentes, los Tutores Académicos y los Docentes serán evaluados por la Administración en el desempeño de sus funciones, a través de los órganos y mecanismos que sean establecidos oportunamente por la Dirección Nacional de la Educación Policial. Los alumnos también emitirán opinión a través de los mecanismos administrativos pertinentes.
   Se tendrán como parámetro, para emitir juicio respecto de la evaluación docente, los siguientes aspectos cualitativos:
   a) capacitación técnico-pedagógica;
   b) conducción del proceso de enseñanza - aprendizaje;
   c) orientación dada al curso, concurso y/o actividades extracurriculares, planeamiento y desarrollo del mismo;
   d) aprendizaje realizado por los alumnos y capacidad para seguir aprendiendo;
   e) clima organizacional, cooperación e iniciativa;
   f) respeto por el alumno y promoción de su capacidad de autodeterminación. 
   Los aspectos valorativos enunciados tendrán incidencia en la extensión del periodo contractual pudiendo aparejar su desvinculación.
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