REGLAMENTACION DE LA LEY 19.315 (LEY ORGANICA POLICIAL) EN LO RELATIVO A LA REGULACION DE LA SITUACION DE LOS DOCENTES DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL Y DEROGACION DEL DECRETO 703/986




Promulgación: 23/02/2016
Publicación: 02/03/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 58, 59, 60 y 61 
Derogada/o.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III
DE LA FUNCIÓN DOCENTE

Artículo 7

   Constituyen tareas inherentes a la función de Coordinador Docente, Tutor Académico y Docente, las siguientes:
   a) tribunales examinadores;
   b) tribunal académico;
   c) actividades de extensión;
   d) y toda otra que la Dirección Nacional de la Educación Policial disponga para la mejora continua del proceso de enseñanza-aprendizaje.
   La liquidación de horas docentes para el caso de lo enunciado en el presente artículo, corresponderá a la Dirección Nacional de la Educación Policial considerando los siguientes parámetros: a) la cantidad de alumnos; b) modalidad de evaluación, sea ésta escrita u oral, mediante acto administrativo dictado por la misma.
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